En un accidente de tráfico, de carácter leve y ocurrido normalmente en ámbito urbano, la lesión mas habitual es la cervicalgia, es decir, dolor en el cuello (zona cervical de la columna) a consecuencia de un impacto busco. En un golpe trasero, al conductor del vehículo golpeado se le desplaza el cuello bruscamente hacia delante y hacia atrás, éste movimiento brusco, provoca la denominada cervicalgia.
Este tipo de lesión, como mencionábamos, ocurre normalmente en ámbito urbano porque es la lesión más habitual que ocurre en impactos traseros, en un stop, semáforo, rotondas…etc, encontrándose un vehículo parado, cuando otro vehículo, que no frena a tiempo o sin percatarse de la existencia de un vehículo parado, le golpea por detrás.
LESIONES SUFRIDAS TRAS UN ACCIDENTE DE TRÁFICO
En caso de sufrir un accidente,
incluso uno leve con lesiones de éste tipo, es recomendable acudir a asesorarse
con abogados de
accidentes de tráfico puesto que
muchas veces no se es consciente de cuáles son los derechos que nos asisten
como víctimas de un accidente del que se desprenden unas lesiones, que graves o
leves, van a suponer un trastorno en el desarrollo normal de nuestros hábitos
de vida, y que por ende tenemos derecho a que sean subsanados en la medida de
lo posible.
Es por ello que es importante que
tras un golpe o colisión con el coche, que ocasione cualquier daño físico al
conductor o persona que lo acompaña, se acuda al médico de urgencias a la mayor
brevedad posible, para que sea un especialista el que determine cuáles son las
lesionas que se presentan, así como valorar un seguimiento de las mismas, por
si pudiesen ocasionarse secuelas del mismo. Es muy importante que el informe
del médico recoja un diagnostico lo más preciso posible, así como el
tratamiento médico a seguir, y si fuera necesario, baja laboral o días
impeditivos que pudiera necesitar el afectado hasta su completa recuperación.
Tras un suceso de estas
características, debemos dar parte a nuestro seguro de coche para que, según la
póliza que tengamos suscrita y dependiendo de las características del accidente
(culpable o no culpable) podamos reclamar que se haga cargo, tanto de los
daños sufridos en el vehículo como de los daños físicos que se nos hayan
ocasionado.
COLISIÓN EN VÍA URBANA
A nuestro despacho profesional acudió hace unos meses un cliente que tras sufrir un impacto por la parte trasera de su vehículo, mientras esperaba el cambio a verde de un semáforo, presentó lesiones en la zona del cuello que le impedían realizar sus actividades diarias con normalidad, pues a raíz de este impacto tuvo que permanecer dos días hospitalizado por fuertes dolores en la espalda, cuello y cabeza. Fue diagnosticado por el médico que le atendió tras el accidente de una cervicalgía postraumática, a consecuencia del severo golpe que sufrió.
Según el atestado que se levantó
el día del accidente, mi cliente, que se encontraba parado delante de un
semáforo en rojo situado en una vía urbana de nuestra ciudad, sintió cómo el
vehículo que circulaba tras él, venía a
una velocidad que no le permitió frenar a tiempo por lo que colisionó de manera
brusca contra el vehículo de mi representado, ocasionando, aparte de los daños
materiales propios de este tipo de accidentes en el vehículo, las lesiones que
venimos explicando.
CONSEGUIR UNA INDEMNIZACIÓN JUSTA
Tras recibir el alta médica y una vez dado parte a la aseguradora, la compañía del conductor culpable, se pone en contacto con mi representado para ofrecerle una cantidad indemnizatoria, que consistía en la reparación íntegra del vehículo, así como 1.000 euros en concepto indemnizatorio por las lesiones sufridas. No estando muy conforme con esta cantidad, decide ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados a fin de que le asesoremos sobre esta situación.
Tras analizar los documentos
referentes a dicho siniestro, en especial al informe pericial médico obrante,
nos percatamos que la indemnización ofrecida por la compañía aseguradora es
mucho menor que la que establece el baremo existente para el cálculo de
indemnizaciones de accidentes de circulación.
Según el informe médico, mi
cliente, de 48 años de edad, presentaba una cervicalgía postraumática con 2
puntos de secuela. Permaneció dos días ingresado en el hospital a causa de los
fuertes dolores de cabeza y mareos sufridos tras el accidente, con un total de
25 días de baja, de los cuales 15 días fueron impeditivos y 10 no impeditivos.
Con estos datos recogidos en el informe pudimos calcular la indemnización que
realmente le correspondería, la cual ascendía a la cantidad de 2.823,43 euros,
alejados de los 1.000 euros que le ofrecía la compañía aseguradora en un primer
momento.
Tras calcular dicha
indemnización, nos pusimos en contacto con la compañía aseguradora, ala que le
volví a enviar el informe médico, así como la cantidad indemnizatoria que
entendíamos correcta por los daños que se habían ocasionado. Tras varias
conversaciones con la compañía, al final ésta aceptó el pago de la misma, sin
necesidad de acudir a un proceso judicial, lo que nos hubiese supuesto mayor
tiempo y gastos. Mi cliente cobró en un plazo de 10 días el importe solicitado
y de este modo pudo ver resarcido, en cierto modo, los perjuicios que el
accidente le había generado.
En el caso de que la compañía se
hubiese negado a pagar a nuestro cliente
la cantidad que por derecho le correspondía, habríamos tenido que plantear
una denuncia por
accidente de tráfico, así como
una demanda civil para resarcir los daños a fin de conseguir la indemnización
solicitada.
Por todo ello, es muy
recomendable, que tras sufrir un accidente de circulación, en el que se nos
ocasiones algún tipo de dolencia o lesión, acudamos a un abogado que nos
asesore y nos indique si la compañía aseguradora nos está ofreciendo una
cantidad que realmente nos corresponde y no nos conformemos con la primera
cifra que nos ofrezcan.
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