DERECHOS DEL TRABAJADOR EN
ESPAÑA
Siempre es importante conocer
cuáles son los derechos que le asisten a cualquier trabajador de nuestro país.
Existen innumerables ocasiones en la que se pueden ver vulnerados estos
derechos y es por ello, la importancia de conocerlos y buscar ayuda legal para
encontrar la solución más adecuada que proteja los derechos del trabajador en España.
En la época actual, se han
incrementado considerablemente los
procedimientos laborales en nuestro despacho profesional; cada vez existen más
demandas por despido improcedente,
reclamaciones de salarios, demanda por modificación de las condiciones de
trabajo, por reducción de jornada, etc. Es por ello que vamos a analizar
algunas situaciones que están produciéndose cada vez más en el ámbito de la
reclamación de derechos de los trabajadores.
DEMANDAS POR DESPIDO IMPROCEDENTE
En primer lugar, uno de los
procedimientos más habituales y que por desgracia se están sucediendo en el
ámbito laboral son los despidos. Son varios los trabajadores que tras recibir
su carta de despido, no saben si la indemnización que les ofrecen ( si es el
caso) es la que realmente le corresponde o sin embargo les están ofreciendo una
cantidad inferior.
Es por ello que, si no se está de
acuerdo con la misma, o con el motivo de despido, se acuda sin dudar a un especialista
en derecho laboral, puesto que es él el quien mejor te va a asesorar de cuáles
son los cauces a seguir para conseguir la solución más propicia para cada caso.
El despido de JUAN CARLOS M.R.
Hace unos días acudió a nuestro
despacho un trabajador que realizaba su labor como panadero en una confitería de
nuestra ciudad. Quince días antes, le habían entregado una carta de despido, en
la cual le reconocían la improcedencia del mismo, y ponían a sus disposición
una indemnización por despido
improcedente de 2.500 euros con una antigüedad de más de tres años.
Cuando hablamos con él y
revisamos la documentación que traía (nóminas, contrato, carta de despido) y
teniendo en cuenta la antigüedad en el puesto de trabajo (1 de junio de 2012),
categoría profesional y retribución anual ( de unos 14.000 euros) nos dimos
cuenta que la indemnización puesta a su disposición era inferior que la
recogida por la Ley actual (Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social),
puesto que la
indemnización por despido improcedente
asciende a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades y la
cantidad de 2.500 euros ofrecida por el empresario no llegaba ni a la mitad.
Ante esto, lo primero que hicimos
fue presentar papeleta ante el SERVICIO DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN LABORAL de
nuestra ciudad, por despido
improcedente. A los 15 días nos señalaron fecha para celebrar el acto de
conciliación previo.
Al mismo acudió el empresario el
cual, en un primer momento no quiso llegar a un acuerdo con el trabajador,
puesto que nuestra postura fue rotunda: o readmisión inmediata en su puesto de
trabajo o una indemnización de 4.965,83 euros, que era lo que realmente
correspondía a nuestro cliente. Al verse en esta tesitura, y viendo que
nosotros estábamos dispuestos a llegar a juicio si no respondía a nuestras
peticiones, al final cedió y pagó a nuestro cliente la diferencia entre lo ya
abonado (2.500 euros) y la indemnización
que realmente le correspondía.
EL RECARGO DE PRESTACIONES
Otro caso que ha llegado hace
posos día a nuestro despacho es en relación al denominado recargo de
prestaciones. Éste se denomina como aquella sanción que se le puede imponer al
empresario que incumple de algún modo la normativa en relación a los riesgos
laborales, es decir por omisión de las necesarias medidas de seguridad e
higiene en el trabajo. Sin embargo, a diferencia de otras sanciones
administrativas, de este tipo de multas no sólo se beneficia la Administración,
si no que la misma también sirve para
indemnizar al trabajador que sufre, de algún modo, las consecuencias del
incumplimiento empresarial.
En nuestro caso concreto, nuestro
cliente FERMÍN J.T. trabajador de la construcción, sufrió una caída desde un andamio
a 6 metros de altura que le produjo la rotura del cúbito y radio derechos. Si
el arnés que le sujetaba hubiera estado en condiciones, dicha caída no se
hubiese producido. Es por ello que
cuando acudió a nuestro despacho, decidimos iniciar el procedimiento antes
meritado
Pero, ¿cómo reclamo el recargo de prestaciones
vía judicial? Para empezar, hay que aclarar que inicialmente se debe
dar parte a la Dirección Provincial del INSS, por si de oficio no lo hubiera
hecho la Inspección de Trabajo. Esta Inspección, que debe personarse en el
centro de trabajo donde se produjo el accidente, debe emitir un informe en el
que recogerá los motivos por los que se produjo el accidente y la posible
negligencia por parte del empresario, así como el porcentaje de recargo que
estime oportuno en relación al hecho concreto (entre un 30% y un 50%).
Con este informe, solicitamos vía
administrativa que se abonase a mi cliente el recargo de prestaciones que le
correspondería (40 % según el informe)y
que para el caso concreto de nuestro cliente suponía la cantidad de 700 euros.
Sin embargo, el empresario
planteó una reclamación previa a la vía Jurisdiccional laboral, la cual fue
desestimatoria para él, lo cual le supuso acudir a la vía judicial, planteando
demanda por no estar de acuerdo con el recargo de prestaciones impuesto por el
incumplimiento de las medidas de seguridad, ya que éste alegaba que el accidente
se había producido por una negligencia del trabajador al sujetarse erróneamente
al arnés.
En el Juicio, la empresa no pudo
demostrar que realmente existiera negligencia por parte de FERMIN J.T., ya que
se pudo comprobar que los eslabones de los arneses estaban rotos, lo que supuso
que se soltara del arnés la cuerda que sujetaba a nuestro cliente y éste se precipatase
al suelo, por lo que finalmente fue condenada al pago del recargo solicitado
por nuestra parte.
Es por ello por lo que insistimos
de la importancia de asesorarse en cualquier caso en el que surja la duda de si
realmente el empresario está cumpliendo con las leyes laborales, puesto que
nadie mejor que un especialista en Derecho laboral para conseguir que no se
vulneren los derechos del trabajador en
España.