martes, 1 de diciembre de 2015

PAPELETA DE CONCILIACIÓN POR ACCIDENTE LABORAL




Y a en este blog hemos tratado, en entradas anteriores,  el procedimiento adecuado para conseguir una indemnización justa cuando se sufre un accidente a causa del desempeño  de nuestro trabajo. Y es que los accidentes laborales están a la orden del día, y son varios los casos que nos llegan a nuestro despacho, buscando conseguir de cierto modo, una compensación capaz de paliar los daños, tanto físicos como morales, que sufre un trabajador como consecuencia de un accidente laboral. En la entrada de hoy, no obstante, nos vamos a centrar en explicar en qué consiste el Acto de Conciliación previo a la demanda judicial el cual  se inicia con la presentación de la  papeleta de conciliación por accidente laboral.



Cuando un trabajador es víctima de un accidente de trabajo, se encuentra en su derecho de reclamar los perjuicios ocasionados frente a la empresa. Sin embargo, muchas veces el desconocimiento e incluso el trauma que se le puede ocasionar, hace que los trabajadores no consigan llevar a cabo un procedimiento que logre defender sus derechos como trabajador. Por eso, y como siempre recomendamos en nuestro blog , es muy necesario que los trabajadores que se vean inmersos en esta situación, acudan a un despacho especializado en derecho laboral a fin de conseguir que su procedimiento se resuelva de la menar más favorable a sus intereses.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR ACCIDENTE LABORAL?

Debemos indicar que los accidentes laborales son aquellos que se producen cuando un trabajador por cuenta ajena que se encuentra desarrollando su actividad laboral, es víctima de una accidente que le ocasiona daños físicos y/o morales. Se denominan también accidentes de trabajo aquellos  que se producen en los desplazamientos hacia el puesto de trabajo o a la vuelta de este (in itinere) siempre y cuando no se produzca por causa de una grave negligencia o dolo por el trabajador.
Por ello, en el momento en que un trabajador sufre un daño desempeñando su actividad profesional, lo primero es evaluar la gravedad de dicho accidente y sobre todo ver si el accidente se ha producido a causa de una negligencia por parte de la empresa de omisión o mal funcionamiento de las medidas de seguridad.
Si entendemos que el accidente ha sido a causa del mal o nulo estado de las medidas de seguridad, deberíamos acudir a la vía penal; sin embargo si vemos que el accidente se ha producido por otras causas, la vía de actuación sería la jurisdicción social.

En el caso de hoy, nos vamos a centrar en el procedimiento a seguir vía social ante  un accidente laboral.
Lo primero que debemos hacer, puesto que la Ley lo establece como trámite obligatorio previo a la presentación de la demanda ante la jurisdicción social, es presentar ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación de nuestra ciudad la preceptiva Papeleta de Conciliación por accidente laboral. En la misma reuniremos los datos del trabajador y la empresa, así como el accidente producido en el puesto de trabajo, y las consecuencias del mismo y sobre todo detallar bien la cuantía que solicitamos en concepto de indemnización. Dicha indemnización puede variar en función de las consecuencias que dicho accidente ha ocasionado al trabajador: si las lesiones producidas no resultan invalidantes para el desempeño de su puesto de trabajo, (una vez curadas las mismas) ésta indemnización será abonada por la Mutua. Si resultasen invalidantes, deberíamos calcularlas conforme a los baremos establecidos.
Una vez presentada la papeleta, sabiendo que disponemos del plazo de un año desde que se produce el alta médica de las lesiones sufridas, el SMAC citará a empresario y trabajador en un Acto en el que se intentará llegar a un acuerdo sobre el pago de la indemnización solicitada.

Si se llegase a un acuerdo sobre la cuantía indemnizatoria, el acto se cerrará con avenencia de las partes y el compromiso por parte del empresario de abonar la indemnización acordada en un plazo estipulado. Dicho acuerdo es ejecutivo, es decir si se incumpliere, se acudiría al Juzgado para ejecutar directamente su cumplimiento frente al empresario.
En caso de no llegar a un acuerdo o cómo es habitual, el empresario no compareciese, se debería acudir a la vía judicial, presentando una demanda en la que se adjunte el resultado negativo (sin avenencia)  del Acto de Conciliación.

EL ACCIDENTE LABORAL DE LAURA T.M.

Hace un par de meses, recibimos en nuestro despacho a Laura, la cual había sufrido, cuatro meses atrás,  un accidente mientras desempeñaba su trabajo como repartidora de pizzas: se encontraba llevando un pedido desde el restaurante donde trabaja hacia un domicilio particular, montada en la moto que la empresa tiene para realizar dichos repartos. Cuando se disponía a estacionar la moto, y llevando ella puesto el casco de seguridad, un coche la embistió por detrás, ocasionándole varios golpes y magulladuras  en las extremidades, así como un fuerte esguince cervical, que le mantuvo durante 45 días de baja médica.
Desde este despacho presentamos papeleta de conciliación por accidente laboral por la cual solicitábamos una indemnización por el esguince cervical sufrido que ascendía a 3.577 euros, pues según el informe que teníamos, debido a las lesiones sufridas, se le ocasionaron dos puntos de secuelas( a 811,68 € cada punto= 1.623,36 €) así como los 45 días que estuvo de baja, de los cuales 20 días fueron impeditivos y 25 no impeditivos (1.168,20 € +785,75 €= 1953.95 €).

En el Acto de Conciliación, se presentó el empresario, el cual nos ofreció la cantidad de 3000 euros. Nuestra cliente en un principio se conformó, pero una vez explicamos que la indemnización que habíamos solicitado era la justa, manifestando en ese mismo acto que si el empresario se negaba a darnos como mínimo lo solicitado, procederíamos a presentar demanda ante el juzgado de lo Social. Ante esta situación, y viendo la empresa que el verse inmerso en un procedimiento judicial le supondría más gastos, accedió a pagar a mi mandante la indemnización solicitada, con la salvedad de poder hacerlo en dos pagos, requisito que aceptamos.

Es por ello por lo que es imprescindible acudir a un abogado experto cuando se sufre un accidente de trabajo, pues son ellos quienes mejor van a saber defender nuestros intereses y conocen cuáles son las vías más eficaces para ello.